Mediante el Decreto Supremo (DS) 5552 publicado en la Gaceta Oficial, el presidente Rodrigo Paz reestructuró la Vicepresidencia para que todas sus Unidades dependan directamente del Ministerio de la Presidencia ya sea de forma directa o administrativa.

La norma señala en su parte argumentativa que “la Constitución Política del Estado y el Decreto Supremo 4857 establecen como función de la Vicepresidenta o Vicepresidente del Estado, el coadyuvar con la Presidenta o el Presidente del Estado”.

Conforme a esto, el Decreto Supremo hace incorporaciones al DS 4857, añadiendo que la “estructura de apoyo para la vicepresidenta o vicepresidente del Estado Plurinacional”, recibirá apoyo funcional de la estructura organizativa del Ministerio de la Presidencia, como ser, la Jefatura de Gabinete del Vicepresidente; Unidad Técnica de apoyo Vicepresidencial; Unidad de Comunicación y Protocolo Vicepresidencial; Unidad de Archivo Histórico Legislativo y Biblioteca; Unidad de Gestión y Relacionamiento Legislativo; y la Unidad de Asesoramiento Jurídico y Legislativo. Pasando a depender directamente de esta cartera.

Únicamente las funciones legislativas serán desarrolladas por la Vicepresidencia de forma independiente. Sin embargo, en la Unidad de Gestión y Relacionamiento Legislativo y la Unidad de Asesoramiento Jurídico Legislativo, el personal también será asignado por Presidencia y administrada por esta cartera.

Además, “la Vicepresidenta o Vicepresidente no contará con representaciones regionales, departamentales, municipales, institucionales y/o sectoriales”, indica el decreto.

También, las unidades de auditorias internas, transparencia y lucha contra la corrupción, que depende del Ministerio de la Presidencia, ejercerá sus funciones sobre las actividades, operaciones y personal de la Vicepresidencia del Estado Plurinacional.

En el mismo decreto, también se modifica la estructura del Ministerio de Desarrollo Productivo, Rural y Agua, dando algunas funciones y direcciones adicionales.